NORMATIVA

                                                                 

XXVII LIGA DE FÚTBOL SALA   -   ALAQUÀS 2010/2011

NORMATIVA DE COMPETICIÓN Y RÉGIMEN DISCIPLINARIO


            Artículo 1.- La XXVII LIGA DE FÚTBOL SALA DE ALAQUÀS 2010/11, se disputará mediante sistema de liga a doble vuelta. Además, se disputará el Torneo de Copa entre todos los equipos participantes. Estará regida por el Reglamento de la Liga Nacional de Fútbol Sala. Los encuentros serán dirigidos por árbitros de Comité Territorial Valenciano de Árbitros de Fútbol Sala de la Federación Valenciana de Futbol, con una duración de dos períodos de veinte minutos cada uno "a reloj corrido".
            Artículo 2.- Todo participante en la competición, para poder ser incluido en el acta arbitral de cada encuentro, deberá ser mayor de edad y tener tramitada ante la Organización la Licencia (ficha) que le acredite, durante cada temporada, como inscrito a favor de su Club. Para ello deberá presentar ante la Organización el alta en la entidad aseguradora, dos fotografías tamaño carné y dos fotocopias del DNI, junto con el original para su compulsación. Ningún equipo podrá tener más de doce fichas en activo.
                        2.1.- Del mismo modo, los Delegados y Entrenadores deberán tener formalizada y tramitada su correspondiente Licencia, con el mismo fin.
                        2.2.- Ningún participante podrá cambiar de club a lo largo de una misma temporada, salvo en alguna de las siguientes circunstancias:
- Que el interesado no hubiese sido inscrito en el Acta de ningún encuentro oficial (no tener dorsal asignado en el acta del encuentro).
- Que su equipo hubiese sido dado de baja en la competición por decisión de la Organización; no pudiendo suscribirse en tal caso, nueva Licencia a favor de ningún equipo de la misma División y Categoría  en que figurara inscrito el equipo que causara baja.
- Que por razones de orden técnico y de mutuo acuerdo entre equipo y jugador, cause éste baja -autorizada por la Organización- , para acceder a otro equipo de distinta División.
- No podrá autorizarse la baja ni nueva Licencia a favor de equipos de la misma División.
                        2.3.- Para formalizar y tramitar nueva Licencia durante el transcurso de una misma temporada y ante las situaciones precitadas, deberá presentarse ante la Organización:
- Licencia del Jugador, para su baja y anulación.
- Escrito de autorización de la transferencia ("carta de libertad") del equipo de procedencia firmado por los representantes del mismo y del propio jugador interesado.
- Formalización completa de la nueva Licencia.
                        2.4.- En las circunstancias precitadas sólo se autorizará la baja de un mismo jugador, tan sólo en una ocasión a lo largo de una misma temporada.
                        2.5.- Todo jugador deberá estar inscrito en el seguro de cobertura médico-sanitario dispuesta a tal fin por la Organización; solo a partir de ese momento estará en condiciones de formalizar fehacientemente su Licencia.
                        2.6.- Los jugadores en poder de la Licencia, estarán a partir de ese momento en situación de alinearse e intervenir en cualquier encuentro que dispute su equipo, a excepción de lo dispuesto en el artículo 36, o bien que estuviese sujeto a suspensión disciplinaria. Se entenderá en todo caso la inscripción en Acta, como inclusión de la Licencia en el Acta arbitral. Y sólo existirá alienación, si se produce intervención en el juego (asignación de dorsal en el Acta).
                        2.7.- Los equipos no podrán tramitar Licencia de ningún participante para el desarrollo de las CINCO ULTIMAS JORNADAS OFICIALES de la competición, independientemente de que le restara por celebrar algún encuentro, por causas extraordinarias, aplazado o suspendido anteriormente.
            Artículo 3.- Las Licencias de Jugadores y Técnicos tendrán una validez de UNA TEMPORADA.
            Artículo 4.- No podrán establecerse relaciones de "filialidad".
            Artículo 5.- Los equipos estarán representados por Delegados, Entrenadores y Capitanes. Dos o más cargos podrán ser desempeñados por una misma persona, siempre que posea la Licencia correspondiente.
                        5.1.- Será función específica del Delegado darse a conocer a los árbitros, cronometrador, delegado del equipo contrario y miembros de la Organización; y ponerse a disposición de todos ellos con objeto de llevar a buen fin el acontecimiento deportivo. Entregará al cronometrador del encuentro, las fichas reglamentarias y el número del dorsal correspondiente a cada uno de los jugadores de su equipo. Pondrá a disposición de los árbitros un balón reglamentario en condiciones de uso correctas para su inmediata utilización. Firmará el Acta antes de comenzar el encuentro y hará firmar a su entrenador y capitán. Ante el Comité de Competición, será la voz autorizada de su club en relación con los hechos ocurridos durante el desarrollo del encuentro.
                        5.2.- Los entrenadores serán responsables del comportamiento disciplinario de sus jugadores, tanto dentro del terreno de juego como en el resto del recinto deportivo, antes, durante y después del encuentro. Firmará el Acta del encuentro. Solicitará del cronometrador los tiempos muertos, información sobre las incidencias consignadas en el Acta y el tiempo que resta por jugar.
                        5.3.- Uno de los jugadores inscritos en el Acta hará la función de capitán. Deberá llevar como identificación un brazalete bien visible que le distinga del resto de sus compañeros. Su misión consistirá en representar a sus compañeros dentro del terreno de juego. Durante el transcurso del encuentro será el único jugador que podrá dirigirse a los árbitros para solicitar de éstos alguna información o aclaración, cuando ésta sea necesaria y siempre en términos corteses. Ningún otro jugador podrá dirigirse a los árbitros o cronometrador. Los capitanes tendrán además, el deber de procurar que sus compañeros observen en todo momento la corrección y deportividad obligada, reprendiendo a los que así no lo hicieran, y, llegado el caso, a solicitar de su entrenador la sustitución de aquellos que no cumpliesen sus recomendaciones. Harán cumplir las decisiones de los árbitros, colaborarán en la labor de éstos, a su protección y a que el partido se desarrolle y termine con entera normalidad.
            Artículo 6.- Todos los encuentros se disputarán en las pistas cubiertas del Pabellón Municipal de Alaquàs. Antes del inicio, cada uno de los dos equipos deberá satisfacer la cantidad de treinta euros como gastos del encuentro.
            Artículo 7.- Para su participación en la competición, los equipos deberán formalizar los impresos de inscripción y satisfacer la cantidad de sesenta euros en concepto de inscripción y ciento veinte euros en concepto de fianza que será devuelta al finalizar la temporada siempre que no existan sobre ella sanciones. Los equipos que no terminen la competición, no tendrán derecho a la devolución del la fianza. La inscripción lleva implícito el acatamiento a la Normativa de Competición y las normas que con carácter complementario regirán el campeonato.
            Artículo 8.- Una vez confeccionado el calendario, todos cuantos tomen parte en la competición entenderán contraída la obligación de jugarla íntegramente, aceptando un compromiso del que nacen los deberes recíprocos de comparecer a los partidos con el mejor equipo disponible en cada caso y jugarlos por entero, procurando en todo caso superar cuantas dificultades puedan surgir para el mejor cumplimiento de estos deberes deportivos.
            Artículo 9.- El calendario de la competición no podrá alterarse, salvo caso muy justificado, que deberá ser plenamente demostrado ante el Comité de Competición. Deberá solicitarse preferentemente por escrito, con una antelación mínima de 48 horas al inicio previsto para el encuentro que se desee cambiar de fecha y deberá contar con la conformidad del equipo contrario.
            Artículo 10.- Cada equipo deberá presentarse en la cancha de juego con suficiente antelación a la hora de inicio del partido, con la equipación reglamentaria y en condiciones de iniciar el encuentro.
            Artículo 11.- Si hubiese coincidencia de colores en las equipaciones de los dos equipos, o los árbitros lo determinasen necesario, vendrá obligado a cambiar de indumentaria el equipo que figure como visitante.
            Artículo 12.- Todos los jugadores llevarán en el dorso de sus camisetas el número correspondiente al que figura en el Acta.
            Artículo 13.- Ningún equipo podrá utilizar uniforme similar al del árbitro.
            Artículo 14.- Los guardametas deberán diferenciarse en su indumentaria del resto de jugadores de campo de ambos equipos y será el árbitro quien determine si es oportuno o no el cambio de alguna de sus prendas.
            Artículo 15.- Se disputará el encuentro con el balón que determine el árbitro. Los equipos vienen obligados a presentar un balón reglamentario como mínimo, al margen de los que disponga la Organización.
            Artículo 16.- Cada equipo presentará por medio de su delegado las fichas oficiales de cada uno de sus jugadores al cronometrador, quién anotará en el Acta del encuentro sus nombres y números de dorsales.
            Artículo 17.- En caso de extravío de ficha, el jugador presentará su DNI y firmará el Acta. En este caso, los árbitros consignarán este incidente en el Acta para su posterior comprobación.
            Artículo 18.- A petición del delegado de club, los árbitros estarán obligados a comprobar las fichas e identidades de cuantos jugadores se soliciten. Esta revisión tendrá lugar antes del partido o durante el descanso.
            Artículo 19.- Cualquier negativa por parte de uno de los equipos de someterse a esta revisión o la falta de cualquiera de sus jugadores será reflejada en el Acta del encuentro, pudiendo  ser considerada como alineación indebida.
            Artículo 20.- Los delegados de los equipos, y en su defecto los capitanes, serán responsables del abandono del recinto deportivo de cualquiera de sus jugadores, una vez comunicada por los árbitros la solicitud de revisión por parte interesada.
            Artículo 21.- Todos los encuentros deberán comenzar a la hora señalada en el calendario, no obstante y con carácter general se podrán conceder cinco minutos de cortesía a ambos equipos a petición del capitán si faltase alguno de sus jugadores, delegado o técnicos.
            Artículo 22.- Si a pesar de esta prórroga el equipo solicitante no reuniese nada más que tres jugadores, el encuentro comenzaría. El árbitro consignará esta circunstancia en el Acta.
            Artículo 23.- En caso de que uno de los equipos no reuniera más que dos jugadores sobre la cancha de juego, una vez agotados los cinco minutos de cortesía, el árbitro suspenderá el encuentro, haciendo constar en el Acta tal circunstancia.
            Artículo 24.- Si durante el transcurso del encuentro uno de los equipos quedase con dos jugadores sobre la cancha por lesiones, expulsiones o cualquier otra causa imputable al equipo que quedase en inferioridad, el encuentro se dará por concluido con victoria del equipo contrario por la media de goles encajados por el equipo que quedó en inferioridad a cero, si el resultado le fuera favorable, o empate, en el momento de la suspensión; si en ese momento el equipo que queda en inferioridadad fuese perdiendo el partido, se dará por concluido con el resultado que indique el marcador. Además, se le descalificará de los trofeos a la deportividad y al equipo menos goleado y en caso de empate a puntos en la clasificación final con cualquier otro equipo, ocupará el lugar inmediato inferior de la clasificación al margen de cualquier otro criterio. Si el encuentro fuese de Copa, sería descalificado de la misma. Además, deberá abonar la cantidad proporcional al tiempo no jugado del recibo del equipo contrario para reintegrársela al mismo.
            Artículo 25.- Si en las circunstancias descritas en el artículo anterior, los árbitros hubieran apreciado en alguna de las lesiones indicios claros de culpabilidad o intencionalidad por parte de algún jugador del equipo contrario, dará también por concluido el partido pero, en este caso, será el Comité de Competición quien decidirá el resultado, la procedencia de jugar los minutos restantes o la repetición del encuentro.
            Artículo 26.- Antes de comenzar el partido, sólo se podrán inscribir en el Acta los jugadores que estuviesen presentes. Durante el transcurso del mismo pueden incorporarse a su equipo hasta un total de 12 jugadores, entregando la ficha correspondiente al cronometrador e indicándole el número de dorsal para inscribirle en el Acta.
            Artículo 27.- A efectos de competición, la presentación de un equipo cinco minutos más tarde de la hora señalada, será calificada como incomparecencia, salvo causa de fuerza mayor que deberá ser debidamente probada.
            Artículo 28.- En el caso de incomparecencia de un equipo, se le dará por perdido el encuentro por la media de goles encajados a cero, será sancionado con sesenta euros, se le descalificará de los trofeos a la deportividad y al equipo menos goleado y en caso de empate a puntos en la clasificación final con cualquier otro equipo, ocupará el lugar inmediato inferior de la clasificación al margen de cualquier otro criterio. Si el encuentro fuese de Copa, sería descalificado de la misma.
            Artículo 29.- Si la incomparecencia fuese de los dos equipos se aplicaría el artículo anterior, salvo que en este caso el resultado sería de empate a cero y no sumarían puntos en la clasificación ninguno de los dos equipos. Si el encuentro fuese de Copa quedarían descalificados los dos equipos.
            Artículo 30.- A la segunda incomparecencia, además de lo señalado anteriormente, se le descontarán tres puntos de la clasificación al equipo infractor. Y a la tercera será dado de baja de la competición, con perdida de la fianza depositada y de todos sus derechos.
                        30.1.- Cuando un equipo sea retirado de la competición, los encuentros aplazados pendientes de disputar, si los hubiere,  frente a dicho equipo, le serán adjudicados como perdidos por la media de goles encajados a cero. Con la aplicación del artículo 44 de la presente Normativa.
            Artículo 31.- Si un equipo, por disconformidad con las decisiones arbitrales o por insubordinación se retirase de la cancha, permaneciese en ella con el claro objeto de no dejar continuar el encuentro o en actitud pasiva o claramente antideportiva, el árbitro podrá determinar la suspensión del encuentro y el equipo infractor será sancionado con la pérdida del partido por la media de goles encajados a cero si el resultado le fuera favorable o empate; si el resultado le fuera desfavorable, se mantendrá dicho resultado. Además, se le descalificará de los trofeos a la deportividad y al equipo menos goleado y en caso de empate a puntos en la clasificación final con cualquier otro equipo, ocupará el lugar inmediato inferior de la clasificación al margen de cualquier otro criterio. Si el encuentro fuese de Copa, sería descalificado de la misma. Todo ello sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que individual o colectivamente les fueran aplicadas por el Comité de Competición. También, deberá abonar la cantidad proporcional al tiempo no jugado del recibo del equipo contrario para reintegrársela al mismo
            Artículo 32.- Un partido se podrá suspender por incomparecencia de los árbitros o si, una vez comenzado, éstos se lesionan o enferman.
            Artículo 33.- En todos los demás casos serán los árbitros los únicos facultados para suspender el encuentro, si a su juicio se dan los siguientes supuestos:
                                    - falta de medios técnicos (balón, luz, redes)
                                    - incomparecencia de un equipo
                                    - insubordinación de varios jugadores
                                    - invasión de la cancha por el público
                                    - fuerza mayor
            Artículo 34.- En caso de tener que suspender el encuentro los árbitros lo comunicarán a los delegados de los equipos y  harán constar en el Acta, con todos los detalles posibles, las circunstancias de tal suspensión.
            Artículo 35.- El Comité de Competición decidirá en cada caso, a la vista del Acta y de las pruebas que solicite, el aplazamiento, la reanudación, la repetición o el final del partido.
            Artículo 36.- En caso de que un partido suspendido deba reanudarse en otra fecha, sólo podrán alinearse los jugadores que estaban inscritos en el primer Acta y en las condiciones en que se encontraran en el momento de la suspensión.
            Artículo 37.- En el Acta de la reanudación se reflejará toda la actuación anterior, tiempo transcurrido, faltas, tiempos muertos, expulsiones y resto de incidencias ocurridas.
            Artículo 38.- A efectos disciplinarios el Comité de Competición considerará los encuentros suspendidos o aplazados, celebrados en la fecha en que se terminó por completo el partido.
            Artículo 39.- En los encuentros suspendidos y reanudados en otra fecha los jugadores que no hubieran podido ser alineados por sanción en la primera fecha, tampoco podrán ser alineados en la reanudación.
            Artículo 40.- En la fecha en que se reanude el encuentro suspendido, los jugadores que se encuentren cumpliendo sanción por hechos ocurridos en fecha posterior a la de la suspensión podrán alinearse siempre que cumplan con lo establecido en el artículo 36.
            Artículo 41.- La XXVII LIGA DE FUTBOL SALA ALAQUAS 2010/11 se concertará por dos sistemas: Sistema de Liga o por puntos y sistema de Copa o por eliminatorias.
            Artículo 42.- En el sistema de Liga o por puntos los equipos se enfrentarán, dentro de cada división o categoría, todos contra todos a dos vueltas. En cada encuentro, el equipo que consiga mayor número de goles a favor será el vencedor y obtendrá 3 puntos, mientras que el equipo que consiga menor número de goles a favor será el perdedor y no sumará ningún punto. Si ambos equipos consiguen el mismo número de goles, el resultado será de empate y cada equipo sumará un punto en su clasificación general.
                        42.1.- Para conocer el equipo campeón, así como la ordenación del resto de los equipos, a efectos de ascensos y descensos, se establecerá una clasificación general en la que figurará, en primer lugar el equipo que haya conseguido mayor número de puntos. A continuación y en orden descendente, los que hayan sumado  menor número de puntos, de tal forma que siempre corresponda un lugar más alto en la clasificación al equipo que haya sumado más puntos.
                        42.2.- En caso de empate a puntos entre dos equipos quedará primero aquel que hubiera logrado más goles a favor en sus dos confrontaciones mutuas, excepto lo preceptuado en el artículo 24 o que haya sido sancionado por incomparecencia.
                        42.3.- En caso de seguir igualados decidirá la diferencia general, resultante de restar la suma total de goles a favor menos la suma total de los goles en contra obtenidos en todos los encuentros.
                        42.4.- Si persistiese el empate, sería el primero aquel que hubiese conseguido mayor número de goles a favor en todos los encuentros disputados. Si aún persistiese la igualada, sería primero el equipo que menor puntuación tenga en deportividad. A estos efectos y para establecer el ganador del trofeo a la Deportividad, cada tarjeta amarilla penalizará con cinco puntos, y cada tarjeta roja con diez puntos; siendo ganador de dicho trofeo el equipo que menos puntos de penalización presente y que no haya sido descalificado del trofeo a la deportividad por los distintos motivos que establece la presente normativa.
                        42.5.- Si el empate fuera entre más de dos equipos se decidiría por la puntuación obtenida por los resultados de los encuentros disputados entre los equipos implicados, con independencia de los demás. Si continuase el empate decidirá la mejor diferencia particular que resultara de restar los goles a favor menos los goles en contra, teniendo en cuenta solamente los de los partidos disputados entre sí por los equipos empatados. Si no hubiera desempate, el orden de clasificación lo decidiría el número total de goles conseguidos durante los partidos jugados entre sí por los equipos igualados a puntos. Si persistiese el empate, éste se decidiría por mejor diferencia general, teniendo en cuenta la diferencia entre los goles a favor y en contra obtenidos en todos los enfrentamientos de la categoría; si continua, teniendo solo en cuenta los goles a favor. Si aún continuase la igualada, se clasificaría primero el equipo con menos puntuación en deportividad.
                        42.6.- A efectos de desempate en la clasificación general, cuando uno de los equipos empatados a puntos hubiera sido sancionado por alineación indebida, incomparecencia, retirada del equipo, o pérdida de un encuentro por inferioridad numérica, una sola de estas circunstancias decidirá la exclusión de este grupo, y a todos los efectos, del equipo sancionado, quedando en último lugar de este grupo y sin que sus resultados influyan en las clasificaciones del resto de los equipos igualados a puntos.
                        42.7.- Según la clasificación final, los tres últimos clasificados de primera división descenderán a segunda división, los tres últimos clasificados de segunda división descenderán a tercera división, los tres primeros clasificados de segunda división ascenderán a primera división; y los tres primeros clasificados de tercera división, ascenderán a segunda división.
            Artículo 43.- La competición de Copa se disputará mediante eliminatorias de la siguiente forma:
                        43.1.- PRIMERA FASE.- Mediante sorteo directo, de los 44 equipos participantes se clasificarán directamente para la siguiente ronda dos equipos y el resto serán distribuidos en 14 grupos de 3 equipos cada uno, debiéndose enfrentar entre ellos a un único encuentro. Se clasificará para la siguiente fase el primer clasificado de cada grupo. El orden en la clasificación vendrá determinado en primer lugar por el mayor número de puntos obtenidos. Cuando un encuentro finalice con empate, se lanzarán penaltis, el resultado de estos penaltis solo será tenido en cuenta si se da un empate a puntos en la clasificación entre los dos equipos implicados.  Si el empate se diese entre más de dos equipos se aplicarán los mismos criterios que para la ordenación de la clasificación en el sistema de liga antes citado (42.5). Si aún siguiesen empatados será la Organización quien decida la forma de deshacer la igualada.
                        43.2.- SEGUNDA FASE.- Los 16 equipos clasificados se emparejaran mediante sorteo, debiéndose enfrentar en un único encuentro. Se clasificarán para la siguiente fase los equipos que consigan mayor número de goles a favor. Si al final del encuentro los dos equipos hubiesen conseguido el mismo número de goles, se decidirá la eliminatoria mediante lanzamiento de penaltis, según establece la reglamentación.

                        43.3.- CUARTOS DE FINAL.- Los 8 equipos clasificados se emparejaran mediante sorteo, debiéndose enfrentar en un único encuentro. Se clasificarán para la siguiente fase los equipos que consigan el mayor número de goles a favor. Si al final del encuentro los dos equipos hubiesen conseguido el mismo número de goles, se decidirá la eliminatoria mediante lanzamiento de penaltis, según establece la reglamentación.

                        43.4.- SEMIFINALES.- Los 4 equipos clasificados se enfrentarán, previo sorteo, de dos en dos en un único partido, clasificándose para la siguiente ronda el equipo que consiga mayor número de goles a favor. En caso de empate en la eliminatoria se lanzarán penaltis.
                        43.5.- FINAL.- Los dos vencedores de las semifinales disputarán la final a un único encuentro, resultando vencedor el equipo que consiga mayor número de goles a favor. En caso de empate, se lanzarán penaltis.
                        43.6.- Cuando un equipo hubiera sido sancionado, en un encuentro de Copa, por alineación indebida, incomparecencia, retirada del equipo, o pérdida de un encuentro por inferioridad numérica, una sola de estas circunstancias decidirá la exclusión del equipo infractor del torneo de Copa.
                        43.7.- Cuando una eliminatoria quede empatada, se procederá, como se ha mencionado anteriormente, a lanzar una tanda de tres penaltis de la siguiente forma: Previo sorteo para designar quien comienza, se alternarán uno y otro equipo en los lanzamientos, que serán ejecutados por jugadores distintos en una portería común. Si después de la primera tanda de tres penaltis, persistiera el empate, proseguirán los lanzamientos en el mismo orden, realizando uno cada equipo hasta que habiendo efectuado ambos el mismo número de lanzamientos, uno de los equipos consiga un tanto más Ningún jugador podrá repetir lanzamiento hasta que todos sus compañeros inscritos en el Acta, salvo lesión comprobada por el árbitro, hayan  efectuado el suyo. Lanzarán primeramente los cinco jugadores que terminaron el encuentro y a continuación los que estén en el banquillo.
            Artículo 44.- En la competición de Liga, los partidos jugados contra los equipos que causen baja durante la primera vuelta se considerarán como no celebrados a efectos de clasificación general. Si se retiraran en la segunda vuelta serán considerados como válidos todos los resultados de la primera vuelta y se considerarán como no celebrados los encuentros de la segunda vuelta.
            Artículo 45.- El Comité de Competición en primera instancia y el de Apelación en segunda, serán competentes en materia disciplinaria para jugadores, delegados, técnicos y equipos que participan en la competición. El Comité de Competición es el encargado de sancionar las acciones punibles de los jugadores, delegados, técnicos y equipos, basándose en la presente Normativa y Reglamento Disciplinario. Sus sanciones no podrán ser económicas, salvo en lo referente a incomparecencias y no conclusiones de encuentros. Estará formado por, al menos, un miembro del Comité de Organización, que actuará de Presidente, y aquellos delegados de equipos que así lo soliciten. El Presidente del Comité de Competición tendrá la capacidad de disolverlo cuando así lo exija el buen funcionamiento de la competición a juicio del Comité de Organización.
            El Comité de Apelación es el encargado de controlar y revisar las actuaciones del Comité de Competición. Actuará a instancia de parte interesada que lo solicitará por escrito antes de transcurrida una semana desde la actuación de Comité de Competición. Estará formado por directivos del Comité Territorial Valenciano de Árbitros de Fútbol Sala dependiente de la Federación Territorial Valenciana de Fútbol. Sus fallos serán inapelables.
            Artículo 46.- Cuando una sanción implique la suspensión de varios partidos, se entenderá la prohibición de intervenir en tantos encuentros oficiales como indique la sanción, por el orden natural en que estos tengan lugar, independientemente de que algún aplazamiento o suspensión hayan alterado el orden del calendario o que medien encuentros de Copa (las sanciones de Copa se cumplen también en Liga y viceversa, es decir, las sanciones se cumplirán en los encuentros que dispute el equipo, independientemente que sean de Copa o Liga).
            Artículo 47.- Si la temporada terminase cuando aún no se hubiesen cumplido los partidos de sanción, aquellos que quedaron pendientes de cumplir, tendrán vigencia en la próxima temporada, aunque se hubiese cambiado de club, aunque sean de distinta categoría.
            Artículo 48.- No se computarán a efectos de suspensión los partidos que se aplacen a otra fecha, los suspendidos por incomparecencia del equipo al que pertenezca el sancionado o cualquier otra causa que impida jugar el encuentro de forma normal.
            Artículo 49.- Si se computarán a estos efectos, aquellos que, una vez empezados, se suspendieran para reanudarlos en fecha posterior, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 39.
            Artículo 50.- Si la suspensión fuera por tiempo, se entenderá para toda clase de encuentros oficiales dentro de ese período y deberá cumplirse dentro de los meses correspondientes a la temporada oficial, siendo también de aplicación en este caso lo dispuesto en el artículo 47.
            Artículo 51.- En los casos en que la suspensión fuese por un período igual o superior a un año se entenderá este tiempo como años o meses naturales, independientemente de que caigan en temporada oficial o no.
            Artículo 52.- Las sanciones se aplicarán en tres grados: máximo, medio y mínimo.
            Articulo 53.- Si de un mismo hecho o de hechos simultáneos o sucesivos se derivasen dos o más faltas, serán sancionadas cada una de ellas de forma independiente.
            Artículo 54.- No se aplicará lo descrito en el artículo 52 a aquellas faltas sancionadas con técnica o amonestación.
            Artículo 55.- Para poder calificar con precisión los hechos consignados en las Actas de los partidos o en las denuncias efectuadas por terceros, se deberá explicar con todo rigor y detalle datos, referencias, testigos, etc., que puedan ayudar al completo esclarecimiento de los mismos y de esta forma establecer los agravantes, atenuantes o eximentes que determinen el grado exacto de la sanción.
            Artículo 56.- No obstante, todo lo anterior, los distintos comités están facultados para solicitar declaraciones y pruebas de todas aquellas personas que directa o indirectamente estén implicadas en cada caso.
            Artículo 57.- Si no concurriesen circunstancias agravantes se establecerá la sanción en su grado mínimo.
            Artículo 58.- Serán circunstancias modificativas agravantes de la responsabilidad:
a) Rebelarse contra las decisiones de los árbitros.
b) Incitar al público en apoyo de la infracción.
c) Provocar el apoyo tumultuario de otras personas.
d) Ser reiterante, es decir, haber sido sancionado en el transcurso de la misma temporada por otro hecho que el reglamento señale con igual o mayor correctivo o por varios a los que aquél señale una pena menor.
e) Ser reincidente, es decir, haber sido sancionado durante el transcurso de la misma temporada por el mismo hecho por el que se le está juzgando.
f) Cualquier otra circunstancia que considere el propio Comité.
            Artículo 59.- La continuidad en la reincidencia será castigada con la pena en el grado máximo o, si así lo estimara el organismo disciplinario, podría aplicar la sanción superior de acuerdo con el artículo 52.
            Artículo 60.- Serán circunstancias modificativas atenuantes de la responsabilidad:
a) Aceptar deportivamente la sanción que el árbitro haya podido imponer como resultado de la falta.
b) Demostrar su arrepentimiento de modo ostensible e inmediato a la comisión de la falta, tratando de reparar o disminuir los efectos de la misma o dando satisfacción al ofendido.
c) Denunciar o confesar la falta a los organismos competentes antes de conocer la incoación del procedimiento disciplinario.
d) Haber mediado provocación suficiente.
            Artículo 61.- Cuando un delegado, entrenador o jugador figure en Acta con falta que lleve aneja la suspensión automática de uno o varios partidos, deberá considerarse suspendido para el encuentro siguiente, aunque no haya recibido comunicación del Comité de Competición por el conducto establecido. De no hacerlo así, será considerada su alineación como indebida. Esta suspensión se considerará computada y cumplida en la sanción que pudiera imponérsele.
            Artículo 62.- El equipo que presente a jugar un encuentro a un jugador cuya alineación sea indebida o no sea correcta le será dado por perdido el encuentro por el resultado de su media de goles encajados a cero, si el resultado le fuera favorable o de empate, si hubiese perdido, se mantendrá el resultado; y será descalificado de los trofeos a la deportividad y al equipo menos goleado. En caso de empate a puntos con cualquier otro equipo en la clasificación final, ocupará el lugar inmediato inferior de la tabla, al margen de cualquier otro criterio. Si el encuentro fuese de Copa, quedaría eliminado de la misma.
            Artículo 63.- Cuando el origen de esta situación antirreglamentaria sea a causa del incumplimiento de una sanción anterior del jugador indebidamente alineado o de la alineación de un jugador que la reglamentación no lo permita expresamente, se sancionará también al club con el descuento de tres puntos de su clasificación general y al jugador con sanción de cuatro a diez partidos, además de los que tuviera pendientes de cumplir en ese momento, si su responsabilidad y consentimiento resultan probados. Si el encuentro fuera de Copa, el equipo infractor sería eliminado de la competición.
            Artículo 64.- Si la infracción fuera a causa del incumplimiento de una norma de tipo administrativo, como el no estar cubierto por el Seguro, no haber diligenciado correctamente su licencia, etc., además de perder el encuentro se sancionará al club con el descuento de un punto de su clasificación general, y al jugador con suspensión de tres a cinco partidos. Si el encuentro fuera de Copa, el equipo infractor sería descalificado de la competición.
            Artículo 65.- Si los supuestos enunciados en el artículo anterior no fueran imputables al equipo infractor y ello quedara suficientemente probado sin ninguna duda razonable en contra, el Comité de Competición decidiría sobre la procedencia o no de darle el partido por perdido y sancionar al jugador o jugadores implicados.
            Artículo 66.- La agresión colectiva de un equipo al árbitro, cronometrador, delegado, entrenador, equipo contrario, organizadores o público en general, será motivo de expulsión del equipo agresor de la competición.
            Artículo 67.- Se considerarán como:
Protestas.- La manifestación de disconformidad de palabra y/u obra de un jugador, entrenador, delegado u otra persona con las decisiones arbitrales.
Desacato.- No acatamiento de las decisiones arbitrales.
Menosprecio o desconsideración.- Desprecio hacia otras personas, de palabra y/u obra, haciéndolas de menos o no teniendo con ellas el respeto debido.
Ofender de palabra y/u obra.- Hacer daño a un contrario o a un tercero, de palabra y/u obra, provocando agravios mediante falsedades o hechos no comprobados.
Insultar.- Provocar agravios a un tercero mediante palabras injuriosas, malsonantes con el decidido propósito de ofender.
Amenazar.- Dar a entender a un tercero con actos o palabras que se le quiere hacer algún mal, presente o futuro, con objeto de atemorizarle o coaccionarle.
Agresión.- Acometer contra un tercero o atacarle físicamente con el propósito de provocar un daño.
            Artículo 68.- Los árbitros podrán mostrar dos tipos de tarjetas:
- Roja.-. Se usará para descalificación, es decir, eliminación de un jugador del terreno de juego, pudiendo ser sustituido por otro jugador
-Amarilla.- Se usará para faltas disciplinarias o técnicas. Se podrá mostrar después de una amonestación verbal o directamente.
            Serán causas de descalificación, entre otras, la reincidencia en juego violento y en juego peligroso para la integridad del contrario. Como norma general, el jugador o técnico descalificado no podrá permanecer en el banquillo.
            Artículo 69.- Se considerarán varios tipos de agresión, según su gravedad:
Agresión leve.- Si el hecho no provoca efectos dañosos o lesivos.
Agresión menos grave.- Si la agresión provoca daño o lesión que merme momentáneamente las facultades del agredido con rápida recuperación.
Agresión grave.- Cuando el agredido no pueda continuar el juego hasta su terminación o deba ser asistido por un facultativo.
Agresión muy grave.- La que impida al agredido desempeñar sus ocupaciones habituales o alinearse en encuentros posteriores por prescripción facultativa.
            Artículo 70.- Se considerará como agresión cuando se efectúa con el juego parado o cuando en el transcurso del mismo sea evidente que no se trate de intervenir en la jugada.
            Artículo 71.- Se considerará como juego violento con idénticos grados de gravedad que la agresión, cuando se trate de jugar el balón dando como resultado lo especificado en cada uno de sus grados y no apreciando el árbitro voluntariedad en la jugada.
            Artículo 72.- Los participantes en la competición, sea cual sea su condición, están sujetos a las siguientes suspensiones por los hechos que a continuación se detallan:
                        72.1.- Un partido de suspensión por:
a) Descalificación
b) Doble amonestación disciplinaria en un mismo encuentro.
c) Acumulación de cinco amonestaciones disciplinarias en distintos encuentros (no se acumularán las amonestaciones de Copa).
                        72.2.- De uno a tres partidos por:
a) Juego peligroso, es decir, intervenir en un lance del juego de tal forma que involuntariamente se lesione a un contrario.
b) Juego violento calificado como leve.
c) Protestar al árbitro ostentosamente o de forma insistente.
d) Menospreciar a un contrario.
e) Expresarse de palabra o mediante hechos de forma gravemente atentatoria al decoro exigible a todo jugador.
                        72.3.- De dos a cuatro partidos por:
a) Juego violento calificado como menos grave.
b) Insultar u ofender a un contrario.
c) Menosprecio al árbitro o a su autoridad.
d) Desacato a la autoridad del árbitro.
e) Provocar la animosidad del público contra el árbitro, cronometrador, equipo contrario, etc.
                        72.4.- De tres a cinco partidos por:
a) Agresión a un contrario en forma calificada como leve.
b) Alineación indebida, tipificada en el artículo 64.
c) Amenazas a un contrario.
d) Insultos u ofensas al árbitro.
                        72.5.- De cuatro a diez partidos por:
a) Practicar juego violento calificado como grave.
b) Agresión a un contrario en forma calificada como menos grave.
c) Alineación indebida tipificada en el artículo 63.
d) Amenazas al árbitro.
                        72.6.- De diez a quince partidos por:
a) Practicar juego violento calificado como muy grave.
b) Agredir a un contrario en forma calificada como grave.
c) Agredir al árbitro en forma calificada como leve.
                        72.7.- De quince a veinticinco partidos por:
a) Agresión a un contrario en forma calificada como muy grave.
b) Agresión al árbitro en forma calificada como menos grave.
                        72.8.- De veinticinco partidos a un año por:
a) Agresión al árbitro en forma calificada como grave.
                        72.9.- De uno a tres años por:
a) Agresión al árbitro en forma calificada como muy grave.
            Artículo 73.- Las faltas cometidas contra los cronometradores, delegados, entrenadores o miembros de la Organización, serán sancionadas en la misma forma y grado que las cometidas contra los árbitros.
            Artículo 74.- Las faltas cometidas por los delegados o entrenadores serán castigadas de igual forma que las cometidas por los jugadores, pero en la penalización inmediata superior y en el mismo grado.
            Artículo 75.- Cuando los árbitros y cronometradores cometan algunas de las infracciones contempladas en la presente normativa, el Comité de Competición dará cuenta de los hechos al Comité de Disciplina de los Árbitros de Fútbol Sala de Valencia, aportando la mayor cantidad de datos y pruebas que sea posible. El citado Comité de Disciplina, una vez que haya decidido sobre la procedencia o no de la sanción notificará su acuerdo al Comité de Competición.
            Artículo 76.- Cualquier sanción especificada en la presente normativa será de aplicación a jugadores, entrenadores, delegados, árbitros, cronometradores y miembros de la Organización que, aunque no participen en el partido, se encuentren dentro del recinto deportivo.
            Artículo 77.- El Comité de Competición queda facultado para juzgar y sancionar, si fuera necesario, los casos que por su dudosa interpretación o calificación no se encuentren en los supuestos contemplados por estas normas.
            Artículo 78.- Contra las resoluciones del Comité de Competición, los interesados o el delegado de su equipo, podrá interponer recurso ante el Comité de Apelación, por escrito y en el plazo de una semana a partir de la fecha en que actuó el Comité de Competición.
            Artículo 79.- Salvo en los casos previstos en los artículos de esta normativa, los Comités de Competición o Apelación no podrán anular ni cambiar los resultados técnicos de los partidos. Las Actas de los árbitros darán fe en lo referente a dichos resultados o a las incidencias registradas en los encuentros.
            Artículo 80.- Teniendo que compartir las instalaciones con otras disciplinas deportivas, se requiere una especial atención por parte de los participantes en esta competición, a fin de evitar posibles molestias a otros usuarios, así como cuidar y mantener en buenas condiciones las instalaciones. Especialmente se tendrán en cuenta las siguientes observaciones:
- NO SE PODRÁ OCUPAR LA PISTA HASTA LA HORA SEÑALADA EN EL CALENDARIO, permitiendo a quien la ocupe hasta ese momento, el desarrollo de sus actividades. Si llegada la hora del encuentro la pista no quedase libre, el miembro de la Organización que esté presente se encargará de avisar al responsable oportuno.
- SE UTILIZARÁN LOS VESTUARIOS INDICADOS PARA CADA UNA DE LAS PISTAS:
Pista A.-          El equipo local utilizará el vestuario número 1
                        El equipo visitante utilizará el vestuario número 2
Pista B.-          El equipo local utilizara el vestuario exterior “hombres”
                        El equipo visitante utilizará el vestuario exterior “mujeres”
Pista C.-         El equipo local utilizará el vestuario número 5
                        El equipo visitante utilizará el vestuario número 6
LAS INSTALACIONES DEBEN CERRARSE A LAS 24:00 HORAS, POR LO QUE SE PIDE UN ESFUERZO A LOS EQUIPOS EN LA UTILIZACIÓN DE LOS VESTUARIOS, PARA PODER CUMPLIR DICHO HORARIO.
- LOS EQUIPOS SERÁN RESPONSABLES DE CUALQUIER DETERIORO QUE SUS MIEMBROS OCASIONES EN LAS INSTALACIONES, HACIÉNDOSE CARGO DE LA REPARACIÓN DE LOS MISMOS. La Organización de la XXVII Liga de Fútbol Sala y los Servicios del Ayuntamiento de Alaquàs vigilarán el cumplimiento de este punto, apercibiendo en el primer incidente al equipo infractor y expulsándolo de la competición en caso de un segundo incidente o de gravedad extrema.
- SE RUEGA ENCARECIDAMENTE QUE NO SE UTILICE CALZADO CON SUELA OSCURA, CON EL OBJETIVO DE MATENER EL PARQUET DE LA PISTA A EN LAS MEJORES CONDICIONES POSIBLES.

            Artículo 81.- Para poder utilizar la cobertura del seguro médico es imprescindible que los árbitros señalen en el acta las posibles lesiones, por lo que se recomienda que los jugadores lo soliciten ante cualquier incidencia.            Después, a la mayor brevedad posible, se deberá presentar la copia del acta en la oficina aseguradora. La asistencia médica será dispensada por CLÍNICA ATENEA (C/ Xest, 15 de Aldaia. Teléfono 96.198.57.42)                  
ALAQUÀS,  1 DE OCTUBRE DE 2010




MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE JUEGO FUTSAL 2010.11

LIGAS LOCALES


Regla 3. EL NÚMERO DE JUGADORES

Si durante el descanso del partido o antes del inicio de los períodos de juego suplementario (prórroga), un jugador comete una incorrección que conlleve su expulsión, su equipo comenzará el siguiente período de juego con UN JUGADOR MENOS

 (SOLO EN LAS LIGAS EN LA QUE SE APLIQUE LA PENALIZACIÓN DE DOS MINUTOS POR EXPULSIÓN DE JUGADORES)

Incumplimiento del procedimiento de sustitución

Si un sustituto ingresa en la superficie de juego incumpliendo el procedimiento de sustitución, y su equipo no ha quedado en superioridad numérica, el sustituto, además de ser amonestado, tendrá desde el momento que ingresó cualidad de jugador, por lo que en caso de ser expulsado por doble amarilla por la propia acción o por cualquier otro motivo del juego, su equipo quedará con un jugador menos.

Regla 7. LA DURACION DEL PARTIDO

El árbitro anunciará por medio de su silbato el final del período o del partido teniendo en cuenta que:
-          en caso de que se deba ejecutar o repetir un tiro desde el segundo punto de penal o un tiro libre directo a partir de la sexta falta acumulada, se prolongará el período en cuestión para su ejecución
-          en caso de que se deba ejecutar o repetir un tiro penal, se prolongará el período en cuestión para su ejecución
-          Si el balón ya ha sido pateado hacia la meta adversaria, los árbitros esperarán a que finalice el lanzamiento efectuado antes de que sonara la señal acústica del cronometrador y el período de juego finalizará cuando:

·         el balón vaya directamente a la meta y se anote un gol
·         el balón salga de los límites de la superficie de juego
·         el balón toque al guardameta, los postes, el travesaño o el suelo y cruce la línea de meta y se anote un gol
·         el guardameta detenga el balón o éste rebote en los postes o el travesaño y no cruce la línea de meta
·         el balón toque a cualquier otro jugador que no sea el guardameta después de que haya sido pateado hacia la meta adversaria

Si durante la trayectoria del balón, en la prolongación del período de juego después de la señal del árbitro, algún jugador comete una infracción penalizada con tiro libre directo a partir de la sexta falta acumulada o un tiro penal, el tiro deberá ejecutarse y los árbitros tomarán las medidas disciplinarias que correspondiesen







Aclaración

Aunque textualmente las reglas hablan de patear el balón, se debe entender que cuando se produzcan jugadas próximas a la meta adversaria y el balón sea lanzado con cualquier otra parte del cuerpo (cabeza, pierna, tronco, etc.) en dirección a la portería constituyendo una ocasión obvia de gol, los árbitros deberán retrasar la finalización del partido en las mismas condiciones que se especifican en las reglas de juego.

Del mismo modo, aunque en las reglas se hace referencia a una de las metas, los árbitros sólo procederán de la manera indicada cuando el lanzamiento del balón se produzca sobre la meta adversaria

Regla 8. EL INICIO Y LA REANUDACION DEL JUEGO

No se podrá anotar un gol directamente de un saque de salida
(de inicio y/o reanudación del juego)
En el caso de que directamente se consiga un gol en la portería contraria de un saque de salida, se concederá un saque de meta al equipo adversario

Balón al suelo

Si el juego ha sido interrumpido cuando el balón se encontraba dentro del área penal y su reanudación debe realizarse con un balón al suelo, éste se ejecutará sobre la línea del área penal, en el lugar más cercano a donde se encontraba el balón en el momento de la interrupción y perpendicular a la línea de meta (Esta disposición se aplicará de igual manera para la ejecución de tiros libres indirectos sobre la línea de área de penal)

Regla 12. FALTAS E INFRACCIONES

Desaparece la entrada deslizante con los pies
El hecho de deslizarse con los pies deja de ser penalizado, siempre y cuando la entrada no sea de forma imprudente, temeraria o con fuerza excesiva o se cometa una entrada de juego peligroso sancionada con tiro libre indirecto.

Se concederá un tiro libre indirecto al equipo adversario si un guardameta....

          tras jugar el balón, lo vuelve a tocar en su propia mitad de la superficie de juego tras el pase voluntario de un compañero, sin que el balón haya sido jugado o tocado por un adversario

Se elimina la situación de que el balón pase de medio campo para que se le pueda devolver al guardameta.

Aclaración

·         Si el guardameta, sin haber jugado o tocado el balón en su propia mitad de la superficie de juego, juega el balón en la mitad de la superficie del equipo adversario, y conduciéndolo el mismo vuelve con el balón controlado a su mitad del terreno de juego, los árbitros considerarán esta acción como la primera vez que lo juega, aplicando desde ese momento las disposiciones que las reglas de juego determinan para sancionar una “cesión”.



Ejemplo: Un saque de banda en campo contrario es recibido por el guardameta del equipo ejecutor en la mitad de la superficie de juego adversaria; si éste conduce el balón, directamente o después de haber sido jugado por cualquier compañero, hacia su mitad de juego, no deberá ser sancionado, salvo que vuelva al terreno de juego adversario y realice la misma acción por segunda vez.

·         Si el guardameta juega o toca el balón en su medio campo y lo conduce al terreno de juego del adversario para retornar a su mitad de juego después de dejar de jugar el balón, y lo recibe de nuevo, los árbitros deberán aplicar las disposiciones que las reglas de juego determinan para sancionar una “cesión”.

Ejemplo: El guardameta detiene el disparo de un adversario y conduce el balón hasta el terreno de juego adversario, pasándole el mismo a un compañero. Si retorna a su terreno de juego y algún compañero le cede el balón sin que éste haya sido jugado por un adversario, se deberá sancionar un tiro libre indirecto a favor del equipo adversario.

OCASIÓN MANIFIESTA DE GOL

Los árbitros considerarán las siguientes circunstancias al decidir si deben expulsar a un jugador por impedir o malograr una oportunidad manifiesta de gol:

          La distancia entre la infracción y la meta
          La probabilidad de mantener o controlar el balón
          La dirección del juego
          El lugar y el número de jugadores defensores
          La infracción que impide a un adversario una oportunidad manifiesta de gol puede constituir una falta sancionable con tiro libre directo ó INDIRECTO
          Si la infracción la comete un sustituto, se le deberá expulsar siempre

Regla 13. TIROS LIBRES

Si al ejecutar un tiro libre un adversario no respeta la distancia reglamentaria:

          Se repetirá el tiro y se amonestará al infractor, salvo que se pueda aplicar la ventaja o se cometa otra infracción sancionable con tiro penal

          Si la infracción cometida es sancionable con tiro libre, los árbitros valorarán si repiten la infracción original o la cometida posteriormente

Si la segunda infracción cometida es sancionable con tiro penal o tiro libre directo, se anotará una falta acumulable al equipo infractor

Ejemplo.

En un lanzamiento de 10 metros, el portero se adelanta, no respetando la distancia reglamentaria y toca el balón con las manos:
          Si la infracción la comete dentro del área: tarjeta amarilla y repetición del lanzamiento
          Si la infracción la comete fuera del área: tarjeta roja, (obvia ocasión manifiesta de gol) tiro libre sin barrera en el lugar donde cometió la infracción y falta acumulable

Si al ejecutarse un tiro libre, a partir de la sexta falta acumulable, el balón es pateado por un compañero del jugador que había sido identificado previamente como ejecutor:
          Los árbitros interrumpirán el juego
          Amonestarán al jugador por conducta antideportiva
          El juego se reanudará con un tiro libre indirecto a favor del equipo defensor

Ejecución de los tiros libres

          Si un jugador decide ejecutar un tiro libre rápidamente (en los casos en lo que lo pueda hacer) y un adversario que se halla a menos de 5 metros intercepta el balón, los árbitros deberán permitir que el juego continúe.
          Si un jugador decide ejecutar un tiro libre rápidamente ( en los casos en lo que lo pueda hacer) y un adversario que se halla cerca del balón, obstaculiza intencionadamente su ejecución, los árbitros deberán amonestar al jugador adversario y ordenar repetir la ejecución del tiro.

Regla 14. EL TIRO PENAL

Utilizar fintas, paradiñas...durante la carrera para ejecutar un tiro penal para confundir al guardameta está permitido.

Una vez el ejecutor ha finalizado la carrera hacia el punto penal, estas acciones se considerarán una infracción (conducta antideportiva).

Si los árbitros sancionan al jugador por esta acción:
           si el balón no se ha puesto en juego, el jugador será amonestado y se ejecutará de nuevo el tiro penal
          si el balón ya ha sido pateado, el jugador será amonestado y el juego se reanudará con tiro libre indirecto desde el punto de penal a favor del equipo defensor.

Regla 15. EL SAQUE DE BANDA

Para efectuar un saque de banda, el ejecutor deberá:
          patear el balón, que deberá estar inmóvil, bien desde el sitio por donde salió de la superficie de juego, bien por fuera de esta a una distancia no mayor de 25 cm

Regla 17. EL SAQUE DE ESQUINA

Si el saque de esquina no se efectúa en cuatro segundos:
          Se concederá un saque de meta al equipo contrario

En un saque de esquina (también aplicable al saque de banda) si un defensor no guarda la distancia reglamentaria e intercepta el balón con la mano dentro del área de meta:
·          Se sancionará penalti, tarjeta amarilla y falta acumulable